Los comerciantes que operan con autorización en locales y espacios del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro deberán ajustarse a nuevas condiciones de operación en la Ciudad de México. El incumplimiento puede derivar en multas de entre 5 y 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA), así como en la suspensión temporal de actividades, la clausura del establecimiento o la revocación definitiva del permiso.
La sanción económica máxima equivale a 23 mil 462 pesos, tomando como referencia el valor de 117.31 pesos por UMA vigente en 2026. Sin embargo, el monto no se aplicará de forma automática por cualquier falta: el reglamento establece que las medidas deberán definirse según la gravedad del incumplimiento.
La norma fue publicada el 19 de agosto en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y sustituyó el reglamento emitido en julio de 2020. Entró en vigor el 21 de agosto, con un periodo de 60 días naturales para que los establecimientos existentes regularicen su situación.
Las reglas están dirigidas a comercios con autorización
El alcance de la disposición es un punto relevante. El reglamento se refiere a los locales y espacios comerciales asignados o propiedad del Metro, cuya explotación requiere un Permiso Administrativo Temporal Revocable, conocido como PATR.
Es decir, las nuevas multas y obligaciones regulan principalmente a personas físicas o morales que cuentan con un espacio autorizado dentro de estaciones, pasillos o zonas de transbordo. No se trata de una nueva norma que autorice el comercio ambulante en trenes o que convierta a todos los vendedores informales en permisionarios.
De acuerdo con el reglamento, quien use un espacio comercial sin el permiso correspondiente o se instale fuera del área autorizada deberá ser apercibido para retirarse junto con su mercancía. Si no acata la indicación, el Sistema podrá ordenar la remoción. Los PATR son personales e intransferibles: no pueden cederse, subarrendarse ni utilizarse para permitir que terceros exploten el lugar autorizado.
Los permisos pueden tener una vigencia de hasta 10 años y ser prorrogados hasta por dos periodos iguales, según la información difundida por el STC y medios que revisaron el nuevo ordenamiento.
De amonestaciones a clausuras y pérdida del permiso
El esquema de sanciones contempla una amonestación por escrito, multa administrativa, suspensión temporal de actividades, clausura del espacio comercial y revocación definitiva del PATR. Las medidas pueden combinarse o escalar en caso de faltas graves o reincidencia.
Según el desglose publicado por Expansión, las infracciones consideradas no graves pueden ser castigadas con entre 5 y 100 UMA. En ese grupo se ubican incumplimientos relacionados con imagen, limpieza y ciertas obligaciones operativas. Para las faltas graves, las multas van de 50 a 200 UMA.
Entre las conductas que pueden tener una consecuencia mayor están los adeudos vinculados al permiso, irregularidades en instalaciones eléctricas o hidráulicas, incumplimientos en materia de protección civil y el subarrendamiento de locales o espacios. La reincidencia también puede llevar a la suspensión inmediata de actividades, la clausura o la pérdida del permiso.
El reglamento prevé supervisiones diarias para verificar que los comercios se ajusten a las disposiciones. Durante la etapa inicial de transición, el Metro informó que aplicará llamados verbales y amonestaciones para que las personas responsables conozcan las nuevas reglas, sin que ello elimine la obligación de cumplirlas desde la entrada en vigor.
Sin gritos, bocinas ni obstáculos para los usuarios
Una de las medidas más visibles para quienes usan el Metro es la prohibición de emplear bocinas, radios, altavoces, grabadoras o gritos para promover productos y servicios cuando generen contaminación auditiva. La regla aplica dentro y fuera de las estaciones que integran la red del STC.
El personal de los establecimientos deberá portar un uniforme autorizado y una credencial visible. El chaleco debe identificar a la persona responsable del PATR, así como la línea, estación y número de local o espacio comercial asignado. La medida busca facilitar la identificación de quienes cuentan con autorización.
Los comercios también deberán respetar horarios específicos. Podrán funcionar una hora después del inicio del servicio y deberán cerrar dos horas antes del cierre de cada estación. El abasto de mercancía sólo podrá realizarse de 10:00 a 12:00 horas y de 21:00 a 22:00 horas.
Para transportar productos, queda prohibido usar carretillas, “diablitos” o equipos similares dentro de las instalaciones. Tampoco podrán emplearse trenes, elevadores o escaleras electromecánicas para mover mercancía. Además, los responsables deberán retirar basura al menos dos veces al día, en el horario de 12:00 a 18:00 horas, y evitar su acumulación en pasillos, zonas comunes o detrás de los locales.
Restricciones por seguridad y protección civil
La regulación también endurece requisitos relacionados con seguridad. Cada local deberá contar con al menos un extintor de nueve kilogramos de polvo químico seco tipo ABC. La utilización de estufas, calentadores u hornos que eleven la temperatura de las estaciones estará prohibida, salvo que haya autorización expresa del STC y aval de Protección Civil.
Los establecimientos tendrán un límite de 3 mil watts de potencia eléctrica y ningún aparato individual podrá superar mil 500 watts. También se restringe el uso de iluminación distinta a lámparas LED T-8, por lo que quedan fuera las luces de neón, negras y estroboscópicas.
La lista de productos y actividades prohibidas incluye bebidas alcohólicas, envases de vidrio o aluminio, pirotecnia, sustancias inflamables o peligrosas sin autorización, pornografía, mercancía que viole derechos de autor, máquinas tragamonedas y artículos de ferretería. Tampoco se permite almacenar productos de comerciantes ambulantes, informales o vagoneros.
El reglamento mantiene una prohibición total para instalar espacios comerciales en la estación Bellas Artes. Para el resto de los establecimientos autorizados, el reto será adecuarse durante el periodo de regularización y evitar conductas que puedan escalar desde una amonestación hasta una multa de miles de pesos o la cancelación del permiso.
Fuentes consultadas
- Gaceta Oficial de la Ciudad de México: Reglamento para la Instalación, Operación, Verificación y Seguridad de Locales y/o Espacios Comerciales del STC
- Expansión: No más gritos, basura ni desorden: Metro CDMX cambia las reglas para comerciantes y locales en pasillos
- Chilango: Ponen nuevas reglas a comerciantes del Metro: horarios, uniformes, artículos y estación prohibida
Imagen ilustrativa. Foto de Diana Reyes en Pexels.

