Las críticas a la reforma del Gobierno argentino sobre la prescripción de medicamentos siguieron en aumento a principios de enero de 2024, luego de que la Academia Nacional de Medicina (ANM) y decenas de entidades médicas manifestaran su rechazo al cambio incorporado en el DNU 70/2023. La norma, firmada en diciembre de 2023, había modificado el esquema vigente para obligar a que las recetas se emitieran con el nombre genérico o denominación común internacional del fármaco, sin la posibilidad de sugerir una marca comercial en la versión inicial del texto. ([infobae.com](https://www.infobae.com/salud/2024/01/04/los-medicos-rechazan-la-reforma-en-el-dnu-que-les-impide-recetar-medicamentos-por-marca/))
De acuerdo con el texto oficial del decreto y su reglamentación posterior, la intención declarada por el Poder Ejecutivo fue facilitar el acceso a los medicamentos, promover el uso de genéricos y reducir costos para los pacientes. El Boletín Oficial precisó que el cambio buscaba recuperar el espíritu de la Ley 25.649 y que las especialidades medicinales de marcas reconocidas continuarían conviviendo con los productos identificados por su nombre genérico. ([boletinoficial.gob.ar](https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/301967/20240122anexo_7056119_1.pdf))
Sin embargo, la discusión no fue solo técnica. La ANM sostuvo que la prohibición de sugerir marcas afectaba la libertad de prescripción y podía trasladar responsabilidades hacia el farmacéutico o incluso hacia el paciente al momento de la dispensa. En su postura pública, la entidad advirtió también sobre la falta de estudios comparativos de bioequivalencia y biodisponibilidad para buena parte de los productos disponibles en el mercado argentino, un punto que varias sociedades científicas retomaron al expresar su objeción al decreto. ([infobae.com](https://www.infobae.com/salud/2024/01/04/los-medicos-rechazan-la-reforma-en-el-dnu-que-les-impide-recetar-medicamentos-por-marca/))
Qué decía el cambio original
La primera redacción del DNU establecía que toda receta debía consignar obligatoriamente el nombre genérico del medicamento, seguida de la forma farmacéutica, la dosis y la concentración. Ese esquema fue interpretado por profesionales del sector como una limitación para sugerir productos de determinada marca, algo que antes sí era posible bajo la normativa previa. La reacción médica se concentró, justamente, en ese punto: la tensión entre la intención de bajar costos y la práctica clínica de recomendar una formulación específica cuando el profesional la considera más adecuada. ([servicios.infoleg.gob.ar](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/80000-84999/84522/texact.htm))
En paralelo, el Ministerio de Salud avanzó en la reglamentación del decreto y aclaró luego que los profesionales seguirían obligados a escribir el nombre genérico del medicamento, pero podrían también sugerir una marca comercial. Esa precisión quedó plasmada en la reglamentación oficial publicada el 22 de enero de 2024, que además contempló que el farmacéutico pudiera sustituir la marca sugerida por una alternativa de menor precio, siempre que contuviera los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y una cantidad similar de unidades. ([argentina.gob.ar](https://www.argentina.gob.ar/node/414226))
La respuesta del sector médico
La oposición a la reforma no se limitó a la Academia Nacional de Medicina. Otras organizaciones profesionales, como la Sociedad Argentina de Endocrinología y Metabolismo, difundieron comunicados en los que objetaron que la mayoría de los medicamentos aprobados en el país no contaban con estudios de bioequivalencia y biodisponibilidad comparados con el producto original. En esa línea, argumentaron que la norma podía dificultar la continuidad terapéutica y generar incertidumbre sobre la equivalencia entre diferentes presentaciones. ([saem.org.ar](https://saem.org.ar/noticias/postura-de-la-sociedad-argentina-de-endocrinologia-y-metabolismo-ante-el-decreto-de-necesidad-y-urgencia-70-2023/))
Infobae recogió además el testimonio de médicos y dirigentes de entidades científicas que cuestionaban el decreto por entender que podía complicar la relación médico-paciente y debilitar la autonomía profesional. En esas intervenciones, el debate se enfocó en la necesidad de preservar la posibilidad de orientar al paciente hacia una marca concreta cuando la experiencia clínica, la tolerancia o los antecedentes terapéuticos lo justificaran. ([infobae.com](https://www.infobae.com/salud/2024/01/06/mas-sociedades-medicas-piden-revisar-el-dnu-que-impide-prescribir-medicamentos-por-marca/))
La otra cara del argumento oficial
Del lado del Gobierno, la explicación fue que la política de genéricos y receta electrónica buscaba aportar transparencia al sistema, mejorar el control de la dispensación y facilitar el acceso a tratamientos. Documentos oficiales del Ministerio de Salud y de organismos públicos señalaron que la receta electrónica obligatoria formaba parte de una estrategia más amplia de digitalización sanitaria, y que desde julio de 2024 sería la única modalidad válida para prescripciones médicas y odontológicas, según la reglamentación posterior. ([argentina.gob.ar](https://www.argentina.gob.ar/noticias/salud-avanza-en-la-implementacion-de-la-receta-electronica))
La reglamentación también dejó en claro que, aun cuando la prescripción se hiciera por nombre genérico, el farmacéutico conservaría la facultad de sustituir por un medicamento de menor precio que reuniera las mismas características farmacológicas. Con ello, el Ejecutivo buscó combinar dos objetivos: ampliar el acceso económico y mantener un margen de decisión profesional en la dispensación. ([argentina.gob.ar](https://www.argentina.gob.ar/node/414226))
Un debate que venía de antes
La discusión sobre la prescripción por genérico no era nueva en Argentina. Normas previas ya habían impulsado el uso de denominaciones comunes y la sustitución en farmacia bajo ciertas condiciones. Incluso la documentación de la ANMAT y de otras dependencias sanitarias venía remarcando, desde años atrás, que la prescripción por nombre genérico podía contribuir a evitar errores de medicación y mejorar la seguridad del paciente. ([anmat.gob.ar](https://www.anmat.gob.ar/aplicaciones_net/applications/consultas/dca_ifas/Acerca_de_dca.asp))
La novedad, en enero de 2024, estuvo en el alcance del cambio y en la forma en que fue recibido por la comunidad médica. La tensión entre reducción de costos, seguridad terapéutica y libertad de prescripción quedó instalada como uno de los primeros conflictos sanitarios del nuevo ciclo regulatorio. Días después, el propio Gobierno aclaró mediante la reglamentación oficial que sí se admitiría la sugerencia de una marca comercial, aunque la obligación de escribir el nombre genérico se mantendría. ([argentina.gob.ar](https://www.argentina.gob.ar/node/414226))
Así, la controversia dejó en evidencia que la discusión no giraba solo en torno a una cuestión administrativa, sino a la definición de quién debía tener la última palabra en la elección del medicamento: el médico, el farmacéutico, el paciente o una combinación de los tres dentro de un sistema regulado. Por el momento de esa cobertura, el debate seguía abierto y con posiciones todavía marcadas entre el Gobierno y las entidades profesionales. ([infobae.com](https://www.infobae.com/salud/2024/01/04/los-medicos-rechazan-la-reforma-en-el-dnu-que-les-impide-recetar-medicamentos-por-marca/))
Fuentes consultadas
- Infobae
- Argentina.gob.ar – Decreto 63/2024
- Boletín Oficial de la República Argentina
- Academia Nacional de Medicina
- Sociedad Argentina de Endocrinología y Metabolismo
Imagen ilustrativa. Foto de Tomás Asurmendi en Pexels.


