El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó el jueves 6 de agosto dos acciones ejecutivas con las que busca restringir la ciudadanía por nacimiento en supuestos específicos y combatir lo que su administración denomina “turismo de parto”: viajes realizados con el objetivo de que un bebé nazca en territorio estadunidense y obtenga la nacionalidad.
Las medidas representan un nuevo intento de la Casa Blanca por modificar el alcance práctico de la ciudadanía por nacimiento, luego de que la Suprema Corte rechazó el 30 de junio de 2026 una orden más amplia emitida por Trump al inicio de su segundo mandato. El alcance final de los nuevos decretos y su viabilidad jurídica previsiblemente serán objeto de litigios.
Un intento más acotado que el decreto de 2025
De acuerdo con Associated Press, la orden difundida el jueves es más limitada que la emitida el 20 de enero de 2025. Aquella disposición pretendía negar el reconocimiento de ciudadanía a hijos de personas que estuvieran en Estados Unidos sin autorización migratoria o con estatus temporal, y fue bloqueada antes de entrar en vigor.
La nueva acción apunta a categorías concretas, entre ellas hijos de determinadas personas vinculadas con gobiernos extranjeros, personas clasificadas como “enemigos extranjeros” y casos en los que las autoridades consideren que hubo fraude para obtener el beneficio de ciudadanía. Trump sostuvo que su administración halló una vía distinta tras la decisión de la Corte.
Axios reportó que el gobierno también contempla efectos futuros en territorios estadunidenses si el Congreso modifica la legislación aplicable. En ese punto, la medida no cambia por sí sola las reglas de ciudadanía en Puerto Rico u otros territorios, pues dependería de una reforma legislativa posterior.
El foco en el llamado “turismo de parto”
Una segunda orden instruye al Departamento de Estado y al Departamento de Seguridad Nacional a emitir reglas y lineamientos dirigidos a frenar el turismo de parto y a perseguir a las empresas que organizan estos viajes. La administración afirma que existen redes comerciales que ayudan a mujeres extranjeras a ocultar el propósito de su visita o a gestionar servicios vinculados con el nacimiento.
La legislación migratoria de Estados Unidos ya permite negar visas de visitante cuando el propósito principal sea dar a luz para que un hijo obtenga ciudadanía estadunidense. Asimismo, los agentes migratorios pueden impedir la entrada de una persona embarazada si determinan que su viaje tiene ese objetivo, según el recuento de Axios.
Sin embargo, no hay una cifra oficial que determine cuántos nacimientos están relacionados con esta práctica. Associated Press citó una estimación del Migration Policy Institute según la cual alrededor de 26 mil casos podrían encuadrar en esa categoría, frente a cerca de 3.5 millones de nacimientos anuales en Estados Unidos. Esa cifra es una estimación, no un registro gubernamental definitivo.
El precedente de la Suprema Corte
En Trump v. Barbara, resuelto el 30 de junio de 2026, la Suprema Corte determinó por seis votos contra tres que la orden ejecutiva de 2025 contravenía la Decimocuarta Enmienda. La opinión también abordó la ley federal que reconoce como ciudadanos a quienes nacen en Estados Unidos y están sujetos a su jurisdicción.
El fallo subrayó que el gobierno no podía añadir por decreto nuevas excepciones para hijos de visitantes temporales o de personas sin estatus migratorio. El juez Brett Kavanaugh coincidió en que la orden anterior no podía sostenerse, aunque fundamentó su postura en la legislación federal y señaló que el Congreso podría modificarla mediante una ley.
Posibles impugnaciones y puntos pendientes
Organizaciones defensoras de migrantes anticiparon que las nuevas disposiciones serán impugnadas. Cody Wofsy, subdirector del Proyecto de Derechos de los Inmigrantes de la Unión Americana de Libertades Civiles, declaró a AP que la ciudadanía por nacimiento está protegida por la Constitución y que una orden ejecutiva no puede cambiar ese significado.
El debate jurídico se concentrará en si el Ejecutivo puede ampliar excepciones históricamente limitadas —como las relacionadas con diplomáticos— y si una presunta conducta fraudulenta de los padres puede modificar el estatus constitucional de un menor nacido en el país. Por ahora, las órdenes abren una nueva confrontación legal sin alterar de inmediato la interpretación amplia de la ciudadanía por nacimiento que la Suprema Corte respaldó en junio.
Fuentes consultadas
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